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PRINCIPIOS BÁSICOS DEL VOLUNTARIO

Los principios básicos de un Voluntario son los siguientes:

  1. Libertad como opción personal de compromiso social.
  2. Solidaridad con otras personas o grupos que se traduce en acciones a favor de los demás o de intereses colectivos.
  3. Participación, altruista y responsable de los ciudadanos en acciones de interés general, como principio democrático de intervención directa y activa en las necesidades de la comunidad.
  4. Respeto a las ideas, creencias y costumbres de cuantas personas participen en la acción voluntaria, en el marco de los principios recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y a la dignidad de las personas y grupos sociales.
  5. Colaboración y complementariedad entre las entidades y las administraciones públicas, en el ejercicio de su acción social, sin perjuicio de la autonomía e independencia de aquellas respecto a los poderes públicos.
  6. En general en todos aquellos principios que inspiran la convivencia en una sociedad democrática, solidaria, comprometida, participativa, justa, igualitaria, plural y conservacionista.

II. Concepto de voluntario:

La persona voluntaria se considera como “la persona física, que mediante una decisión personal, libre y altruista, sin recibir ningún tipo de contraprestación económica, participa en cualquier actividad de voluntariado”.

III. Derechos:

De índole informativa y formativa:

 
  • Recibir el apoyo humano, técnico, e instrumental formativo e informativo que se requiera para el ejercicio y el desarrollo de las funciones que se asignan, así como recibir orientación sobre las actividades para las que reúna las mejores condiciones.
  • Ser bien apoyados e informados sobre el contexto, los fines, la organización, y el funcionamiento del Voluntario Ambiental.
  • Ser formados básicamente en los principios fundamentales del voluntario, y su significado social y ambiental en el contexto de la Conservación de la Naturaleza y la participación ciudadana logrando un mayor intercambio de información y experiencias con otras acciones ciudadanas que se realicen en el mismo espacio geográfico.
  • Recibir una formación específica orientada (antecedentes, objetivos, duración, lugar, riesgos y resultados de las acciones voluntarias) en cada Proyecto de Acción apoyado para el ejercicio de las funciones y tareas que les sean asignadas para conseguir una mejora continua de la acción voluntaria que se desarrolla.
  • Acordar de manera libre las condiciones de la acción voluntaria, ámbito, sector de actuación, compromiso con las tareas definidas conjuntamente, tiempo y horario de dedicación y responsabilidades aceptadas.
  • Participar activamente en la programación de actividades de acuerdo con sus capacidades, aptitudes y motivación personal, incluyendo la planificación, la divulgación, la toma de decisiones y la evaluación del Proyecto para apropiarse de él y tener una actitud pro-activa en la acción voluntaria.

De índole perdonal:

 
  • Ser admitidos y tratados en el Programa de Voluntario, sin ningún tipo de discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.
  • Ser acompañados en su actividad por personal técnico idóneo para la realización de las tareas encomendadas.
  • Recibir respeto y reconocimiento por el valor y contribución socio ambiental de su labor voluntaria a modo de estímulo, para su continuidad.
  • Negarse a desarrollar una labor encomendada si se estiman riesgos personales o la tarea es ajena a los fines y naturaleza del Programa o Proyecto de Acción de Voluntario Ambiental.
  • Cesar libremente en su condición de persona voluntaria, previo aviso a la dirección o coordinación del Programa.

De índole material:

 
  • Ser dotados con los medios materiales necesarios mínimos para el cumplimiento cabal de las actividades encomendadas y disponibles por la entidad responsable del Programa.
  • Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario ante terceros durante la actividad como Voluntario Ambiental y obtener una certificación por su participación en el Programa, según su intervención.
  • Realizar la actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de la misma.

IV. Deberes:

De índole informativa y formativa:

 
  • Participar en las acciones formativas previstas relacionadas con el Programa y el Proyecto de Acción para mantener una calidad en el servicio y promover la mejora y formación continua.
  • Poner en conocimiento de los coordinadores del Programa, cualquier incidencia considerada relevante sobre el Programa y/o Proyecto de Acción para actuar eficazmente en consecuencia.
  • Cumplir con el servicio al que se haya comprometido con la máxima diligencia en los términos acordados y siguiendo las directrices de los coordinadores del Programa responsable.
  • Informarse debidamente de los antecedentes, los objetivos, duración, lugar, riesgos y cometidos a desempeñar en cada una de las acciones voluntarias no sobrepasando los límites de la responsabilidad asignados.
  • Informar con antelación sobre limitaciones funcionales y físicas personales ante los coordinadores de los Proyectos de Acción para buscar idoneidad y excelencia en cada una de las actividades a desarrollar considerando las posibilidades y limitaciones del Programa.
  • Realizar una labor de difusión activa del Programa de Voluntario Ambiental y sus beneficios para el área natural y la comunidad a colectivos sociales residentes o cercanos al área de actuación.
  • Guardar confidencialidad respecto a la información recibida y conocida en el desarrollo de la actividad voluntaria.
  • En caso de renuncia o baja voluntaria, notificarlo con la antelación pactada previamente para evitar perjuicios graves al servicio.

De índole perdonal:

 
  • Cumplir el compromiso personal asumido en los objetivos de cada actividad, con responsabilidad y eficacia.
  • Respetar los derechos y las creencias de las personas participantes del Programa, adecuando su actuación a la consecución de objetivos y actuando en consecuencia de las pautas establecidas para el desarrollo de la actividad encomendada.
  • Mantener un compromiso individual que pueda servir de estímulo para el movimiento colectivo y promoción del asociacionismo.
  • Actuar de forma diligente y solidaria en la ejecución de las tareas promoviendo una disponibilidad para trabajar en equipo a favor del entorno natural y de la comunidad.
  • Asumir la responsabilidad que se derive de sus propios actos y observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten para la realización de actividades acordadas.
  • No portar, consumir, distribuir o promocionar sustancias, armas u objetos prohibidos por las leyes nacionales.

De índole material:

 
  • Respetar y compartir los recursos materiales que estén a disposición de la persona voluntaria con el grupo de trabajo manteniendo en todo momento los principios del voluntario.
  • Utilizar responsablemente los distintivos, acreditaciones (credencial de voluntario ambiental, certificados de participación) y las infraestructuras (Centros de Visitantes, Viveros, Estaciones de Campo, etc.), destinadas al Voluntario Ambiental.
  • Conocer, cumplir y difundir este estatuto del Voluntariado Ambiental y velar por su cumplimiento.

 

300-101   400-101   300-320   300-070   300-206   200-310   300-135   300-208   810-403   400-050   640-916   642-997   300-209   400-201   200-355   352-001   642-999   350-080   MB2-712   400-051   C2150-606   1Z0-434   1Z0-146   C2090-919   C9560-655   642-64   100-101   CQE   CSSLP   200-125   210-060   210-065   210-260   220-801   220-802   220-901   220-902   2V0-620   2V0-621   2V0-621D   300-075   300-115   AWS-SYSOPS   640-692   640-911   1Z0-144   1z0-434   1Z0-803   1Z0-804   000-089   000-105   70-246   70-270   70-346   70-347   70-410